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miércoles, 10 de agosto de 2011

Contenido del Real Decreto que modifica 4º de la ESO y los Programas de Cualificación Profesional Inicial


Se profundiza en el carácter orientador de este curso y se introducen tres materias nuevas en el currículo: Alimentación, Nutrición y Salud, Ciencias Aplicadas a la Actividad Profesional y Orientación Profesional e Iniciativa Emprendedora

Los Programas de Cualificación Profesional Inicial (PCPI) se amplían a dos años y se adelantan a los alumnos de 15 años

Todos los alumnos al finalizar la ESO, si no obtienen el título de Graduado, recibirán un certificado oficial de nivel de adquisición de las competencias básicas alcanzadas. Esta medida entrará en vigor durante el curso 2011-2012

La implantación de este Real Decreto será obligatoria a partir del curso 2012-2013 aunque las administraciones educativas podrán adelantarlo al próximo curso

Con este Real Decreto se profundiza en el carácter orientador de 4º de la ESO diseñando tres opciones. El objetivo es orientar y preparar mejor al alumnado de cara a los estudios postobligatorios que van a querer cursar.

Así queda configurado 4º de la ESO:

Todos los alumnos deberán cursar las siguientes materias: Educación Ético-Cívica, Educación Física, Ciencias Sociales, Geografía e Historia, Lengua Castellana y Literatura y, si la hubiere, Lengua cooficial y Literatura, Matemáticas y Primera Lengua Extranjera

Se introducen tres nuevas materias en el currículo: Alimentación, Nutrición y Salud, Ciencias Aplicadas a la Actividad Profesional y Orientación Profesional e Iniciativa Emprendedora

Se ordenan las 11 materias en tres opciones y un grupo de materias comunes. Los alumnos podrán elegir las tres materias de una de las opciones o dos materias de una opción y una tercera de las comunes.

Opción 1: Educación Plástica y Visual, Latín, Música

Opción 2: Biología y Geología, Física y Química, Tecnología

Opción 3: Alimentación, Nutrición y Salud, Ciencias Aplicadas a la Actividad Profesional, y Tecnología

Las materias comunes a todas las opciones son: Informática, Orientación Profesional e Iniciativa Emprendedora y Segunda Lengua Extranjera.

Sea cual sea la opción elegida, el título de ESO que se logre será el mismo, tendrá el mismo valor y no supondrá condicionante alguno para elegir las modalidades de Bachillerato o de Formación Profesional de Grado Medio que puedan cursarse.

Programas de Cualificación Profesional Inicial

El objetivo es responder a un sector importante de jóvenes estudiantes, ya que el 26 por ciento de los que cursan estudios de Educación Secundaria Obligatoria lo hacen sin alcanzar el título de graduado. Por este motivo, los Programas de Cualificación Profesional Inicial se adelantan un año, se flexibiliza su acceso y tendrán una duración de dos años. Podrán acceder a los Programas de Cualificación Profesional Inicial los alumnos de 15 años para los que se considere que es la mejor opción para finalizar con éxito la ESO y favorecer así su continuidad en estudios postobligatorios, fundamentalmente de FP de grado medio.

Se refuerzan los efectos académicos asociados a la superación de estos programas. Permite el acceso directo a los ciclos de Formación Profesional de Grado Medio en el caso de superación de los módulos obligatorios. Permite la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria siempre que quede garantizada la adquisición de competencias básicas asociadas al currículo de la ESO mediante la superación de todos los módulos (voluntarios y obligatorios). Los alumnos que superen los módulos específicos profesionales de los Programas de Cualificación Profesional Inicial podrán obtener certificados de profesionalidad de nivel 1.

Certificado de Competencias Básicas

Otra de las novedades que recoge el Real Decreto aprobado hoy es que todos los alumnos al finalizar la ESO, si no obtienen el título de Graduado, recibirán un certificado oficial sobre su escolaridad y el nivel de adquisición de las competencias básicas alcanzadas. Este certificado tendrá carácter oficial y validez en toda España. Esta medida entrará en vigor en el próximo curso 2011-2012.

La implantación del resto de las novedades será obligatoria a partir del curso 2012-2013 aunque las administraciones educativas podrán adelantar su implantación en el próximo curso 2011-2012.

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